sábado, 25 de marzo de 2017

AMIGO COMUNAL... SI ROBAS...








SI ROBAS… QUE SEA UN BESO



SI LLORAS… QUE SEA DE ALEGRIA



SI PIERDES… QUE SEA EL MIEDO




SI GANAS… QUE SEA UN AMIGO

LO BUENO DE LA REFORMA ELECTORAL 2.017... ¿Acción comunal?

LO BUENO DE LA REFORMA ELECTORAL 2.017… ¿Acción comunal?

1.     Desenmascarar la hipocresía de los topes de los costos de las campañas electorales, los cuales superan el semáforo en rojo

2.     Existe la posibilidad de la crear al interior de la Fiscalía una Unidad Especializada para la investigación y sanción de delitos electorales


3.     Se reducirían los costos de las campañas en especial en el senado donde una campaña electoral ha llegado a costar entre 3.000 y 11.000 millones de pesos, según la firma Cifras y Conceptos

4.     Existe la posibilidad de que se le siga el rastro a las campañas, las cuales en su mayoría comienzan antes de tiempo y muchas de ellas el dinero invertido circula en efectivo


5.     Se espera que se cumpla con el mandato de la constitución en el sentido de que quienes violen los topes perderán su investidura, a la fecha no hay más de 6 sanciones una de ellas la del alcalde de Puerto Gaitán, Meta, impuesta en 2.014

6.     Se espera que se reduzcan en el tiempo las campañas políticas


7.     La posibilidad del establecimiento de las listas cerradas a corporaciones públicas y la financiación estatal anticipada de las mismas, lo que conllevaría a bajar los costos

8.     Las organizaciones sociales en su aspiración dentro de la circunscripción especial de paz, gozarían de mejores condiciones económicas y mayores posibilidades participativas en la vida política del país, en especial la organización comunal.


9.     Cerrar la brecha participativa en la vida política del país entre los partidos políticos tradicionales y los movimientos políticos minoritarios.

10.                       Al ampliarse el número actual de los representantes a la cámara a 200, se genera la posibilidad para que las organizaciones sociales puedan tener acceso al congreso, gracias a las circunscripciones especiales de paz.

NOTA. Salvo que la organización comunal renueve su personería jurídica, artículo 3º ley 130/1.994, avalaría su participación política en las circunscripciones especiales de paz, de lo contrario, sería vernos avocados a dos seguros caminos en el inmediato futuro:

1.      Ser vistos ante la opinión pública como unos carga ladrillos de la FARC


2.      Vernos avocados al sacrificio de más miembros de nuestra organización comunal de parte de fuerzas criminales no identificadas al creernos miembros de la FARC. 

miércoles, 22 de marzo de 2017

ACCION COMUNAL EN LOS POS ACUERDOS






XXV CONGRESO NACIONAL DE ACCION COMUNAL, SAN ANDRES ISLA

VOCES DE IMPORTANCIA DE LA ACCION COMUNAL EN LOS POS ACUERDOS  

1.- Doctor Jairo Rivero, vocero movimiento voces de paz

La organización comunal en los pos acuerdos esta llamada a renovarse potencializarse y erigirse como institucionalidad comunitaria, es decir, fortalecerse y dotarse de capacidades para tramitar y gestionar sus expectativas e impulsar iniciativas que las comunidades en sus territorios manifiesten para vivir en paz y reconciliación, es hacer de su trayectoria en estos espacios a los que el estado no ha llegado o en  que solo ha estado a través de las fuerzas públicas un puente entre los que fluyan diversos recursos entre la ciudadanía de base marginada por muchos años y las instituciones estatales , buscando lograr las garantía plena de los derechos humanos y de los intereses comunes de los territorios.

Ahora bien este largo camino requiere de un primer paso, que todos los que creemos en la preponderancia de un proyecto de reconciliación podamos sumar nuestras fuerzas, juntar nuestra voluntades y ofrecer y exigir del proceso de implementación una media concreta, que superen las trampas que han intentado dejar en la incertidumbre la materialización de los acuerdos, es así que invitamos a todas la acción comunal y demás sectores de la sociedad civil a forjar redes, a tejer pactos desde los territorios que fomenten la articulación nacional de los ciudadanos, que estamos dispuestos diariamente a construir paz y labrar una solución política al conflicto armado colombiano desde campos y ciudades.

2.- Doctora, Ana María Almario, Directora Nacional Participación Comunitaria, Mininterior

El tema de la paz presenta temas preponderantes a la organización comunal tales como:

a.- Planes de desarrollo con enfoque territorial

b.- Nuevas Circunscripciones especiales de paz, en donde seguramente políticamente va a jugar un papel fundamental la acción comunal y las organizaciones de base del país, un proceso que hoy está liderando el Concejo Nacional de Participación en la búsqueda de garantías reales y efectivas, así como la participación y fortalecimiento de los movimientos sociales que ha sido una de las luchas   más grandes que ha reflejado este movimiento en todo el país, pero además el reconocimiento y visibilización   de ese accionar de los organismos comunales para que efectivamente en el intercambio de buenas prácticas y en el intercambio de acciones puntuales y reales de financiación, de acciones puntuales y reales de fortalecimiento, nos permita construir desde los territorios la paz territorial pero también la paz del país.

El proceso de paz marcó para la acción comunal una puerta y una ventana de oportunidad y como marcó una ventana de oportunidad, hoy tenemos la oportunidad de hacerlo, hoy tenemos la oportunidad de pensar desde el control social, de pensar desde la transformación de la acción comunal, desde la renovación de los territorios, desde la renovación de los liderazgos, desde la ética de los comunales para construir un nuevo mejor país, así que no podemos sucumbir ante  pequeñas tentaciones, el movimiento comunal tiene que  ser mucho más fuerte, mucho más renovado pero también mucho más sosegado en términos de su estrategia de  negociación política y de su estrategia de posicionamiento político en el país, así que tenemos unos grandes retos para una paz estable y verdadera.

3.- MAC OEA, Garante Nacional de los Sujetos de Reparación Colectivas de las Organizaciones Comunales

a. Las Organizaciones Comunales no deben estar ausente del proceso de participación para la democracia y para la transformación de sus territorios, sino, que deben ser protagonistas del proceso de transformación de sus territorios que va a emerger entre el gobierno de Colombia las Farc y el ELN
b. La vida de los territorios y de las organizaciones con la democracia y con la paz, es el proceso electoral que se nos ha venido encima allí ustedes como líderes las jac Asojuntas y las federaciones van a estar absolutamente en la línea de la oferta electoral, de las promesas electorales, pero además van a estar en la línea de ustedes mismos que les da esa fortaleza política y además van a ser protagonistas políticos en el país.

DESAFÍOS Y RETOS PARA LA VIDA INSTITUCIONAL DE LA ACCIÓN COMUNAL

1.   La unidad de la acción comunal en la diversidad.

2.   La renovación de liderazgo, facilitando la efectiva participación de jóvenes y de mujeres

3.   Fortalecer el conocimiento sobre la misma organización sobre los procesos propios porque eso fortalece y activa la participación efectiva desde las propias juntas hasta las Asojuntas y las  federaciones

4.   El reto de informar y difundir el proceso de reparación colectiva, que es, como es este proceso, que estamos solicitando, como creemos que lo vamos hacer, porqué la organización de la acción comunal es un sujeto colectivo de reparación, eso es vital en la organización


5.   Incorporar prácticas de rendición de cuentas y  buen gobierno así como  procesos autónomos e independientes de revisión de conductas de los dignatarios ante la propia organización comunal

6.   Elaborar sus propios planes y acuerdos de paz en sus propios territorios para que sean ustedes mismos artífices,   artesanos de su propia paz en los territorios y no sean espectadores de cambio que si o si van a venir con esta paz, con la FARC con la del ELN y con las políticas de paz del Estado colombiano


7.   Establecer un diálogo franco directo y solidario con otras formas de organización colectiva y territorial que comparten con ustedes una historia común y un vecino común, entre ellos con los resguardos indígenas

lunes, 20 de marzo de 2017

AUTONOMIA PARTICIPACION DEMOCRATICA

PARTICIPACION DEMOCRÁTICA. Ley 1557/07/2015

Articulo (2) Ley 1557/2.015. Todo Plan de Desarrollo debe incluir medidas específicas orientadas a promover la participación de todas las personas en las decisiones que los afectan y el apoyo a las diferentes formas de organización de la sociedad. De igual manera los planes de gestión de las instituciones públicas harán explicita la forma como se facilitará y promoverá la participación de las personas en los asuntos de su competencia.
Artículo 53.- Espacios de dialogo para la rendición de cuentas.
..se limitan a la información presencial tipo monologo de los mandatarios en centros públicos, mas no se dan los foros, mesas de trabajos, reuniones zonales como medida complementaria, porque la misma ley en su articulado, manifiesta que siempre y cuando existan condiciones para ello.
No existe ilustración suficiente al ciudadano al uso de la palabra para la formulación de preguntas y el derecho a ser resuelta por escrito en el término de 15 días así como su publicación en la página web o medios de difusión oficiales de las entidades conforme lo establecido en el Manual Único de Rendición de cuentas, (artículo 56) y lo más grave, ante la ausencia de formación y capacitación reina la ignorancia al interior de las organizaciones entre ellas la nuestra.
¿Y quién ronda a quién? Artículo 58. Nos referimos a las JAL, ¿será posible encontrar informe alguno en sus páginas web o en sus archivos que reflejen el número de proposiciones presentadas, negadas, aprobadas y pendientes entre otros? También somos responsables. Creo más en el control social (artículo 60-67) ejercido por las veedurías ciudadanas que en las JAL
CONTROL FISCAL CONTRATACIONES
Aunque la norma lo regula (artículo 72) no exigimos su cumplimiento por desconocimiento de la misma, en ella se habla que el supervisor del contrato deberá presentar mínimo dos informes así:
UNO. Sobre las especificaciones técnicas del objeto del contrato y el de actividades administrativas a cargo del contratista.
DOS. Avances, dificultades, soluciones y vigilancia para la correcta ejecución entre otros.
¿El congreso, las Asambleas, los Concejos y las JAL (artículo 75) promocionarán y divulgarán a través de sus medios de comunicación, estas nuevas formas de participación para efectos de garantizar su uso efectivo por parte de la ciudadanía?
¿Dónde están los Concejos departamentales y Municipales de participación ciudadana?, ¿cómo funcionan? A la fecha han transcurrido 20 meses de entrada en vigencia de la Ley (artículo 83) ¿dónde están adscritas sus oficinas para la promoción? (artículo 87)

Aunque la norma sigue hablando de los presupuestos participativos en armonía con los planes de desarrollo como fuente de recursos públicos para fortalecer las relaciones estado-sociedad civil de modo que se asegure su efectiva participación democrática (artículos 90-91 Y 93), en su artículo 100 se lee tácitamente: Los gobiernos de los entes territoriales previstos en la constitución y la Ley podrán realizar ejercicios de presupuesto participativo, en los que se defina de manera participativa la orientación de un porcentaje de los ingresos municipales que las autoridades correspondientes definirán autónomamente, en consonancia con los objetivos y metas del Plan de Desarrollo. Obsérvese, que este articulado, no es contrario al parágrafo 3º del artículo 40 de la Ley 1552 de 2.012…Mas allá de la realidad, No hay nada que discutir, todo está consumado, el estado continua en deuda, la academia también, lo está igualmente la misma Confederación al igual que los entes de todos los niveles encargados de ejercer la IVC

ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN

Que se incluya en la misma un articulado que manifieste que el funcionario o funcionarios públicos que no cumplan con lo normado, incurrirán en causal de mala conducta y que deben ser sancionados disciplinariamente mediante debido proceso con la pérdida de su investidura y el no ejercicio de funciones públicas por el termino de 10 años cuando menos.

PONENCIA XXV CONGRESO NACIONAL

PONENCIA SOBRE AUTONOMIA COMUNAL XXV CONGRESO NACIONAL SAN ANDRES ISLA

AUTONOMIA DEFINICION
La autonomía comunal está regulada por el estado y como tal debemos regirnos por ella al momento de tomar nuestras propias decisiones, esta autonomía implica dos tipos de normas, las dispositivas y las imperativas (normas de cumplimiento obligatorio), esto es no gozamos de independencia política ni administrativa. Ello no está mal, lo mal es que dichas normas que nos regulan no son consultadas previamente con la organización comunal, así como las normas étnicas y del magisterio, son consultadas antes de su análisis, discusión y aprobación.

Dentro de la organización comunal podríamos hablar entre muchos otros, de los siguientes tipos de autonomía:

1.   Sobre autoridades locales
2.   Transferencia de recursos
3.   Gestión comunitaria
4.   Autonomía conciliatoria
5.   Autonomía para decidir

Por supuesto, que dichas autonomías son reguladas entre otras por el Estado a través de:

1.   Ley 743 de 2.002
2.   Ley 2350 de 2.003
3.   Decreto 890 de 2.008
4.   Ley 1551 de 2.012
5.   Ley 1557 de 2.015
6.   Ley 1454 de 2.011

Para efecto de la ponencia sobre autonomía a desarrollarse en el XXV Congreso Nacional comunal, llevado a cabo en San Andrés Isla trataré de hacer un solo resumen de los tipos de autonomía descritos anteriormente de la siguiente manera:
En el marco de la Ley 743 artículo 6º sobre definición de acción comunal, se dice entre otros que las jac son autónomas; más adelante con base al artículo 72 literal (j), el Gobierno Nacional expide el Decreto Nacional 890 de 2008, dándole facultades de vigilancia, inspección  y control a las entidades competentes del sistema del interior (ver artículo 50), ... Si de la inspección se deducen indicios graves en contra de uno o más dignatarios,(reza el artículo), la autoridad competente del sistema del interior podrá suspender temporalmente la inscripción de los mismos hasta tanto se conozcan los resultados definitivos de las acciones instauradas.
Con el Decreto 890 debe entenderse que las entidades competentes del sistema del interior su función esencial como tal, debe ser la de instaurar las acciones judiciales, administrativas o fiscales pertinentes frente al incumplimiento parcial o total de alguna de las normas sobre legislación comunal, incluyendo sus estatutos y reglamentos, previo debido proceso
Así las cosas y examinando lo reglamentado en el decreto 890, no debería ser competencia de los entes del interior inmiscuirse en asuntos que son propios de la autonomía de los organismos comunales verbigracia el tener que entrar a resolver nuestros asuntos internos al tenor del artículo 47 de la ley 743 que reza:

ARTICULO 47. Corresponde al organismo comunal de grado inmediatamente superior o en su defecto a la entidad que ejerce la inspección, vigilancia y control: (subrayado y cursiva nuestra)
a) Conocer de las demandas de impugnación contra la elección de dignatarios de los organismos comunales o contra las demás decisiones de sus órganos;
b) Una vez se haya agotado la vía conciliatoria en el nivel comunal correspondiente, conocer en primera instancia sobre los conflictos organizativos que se presenten en las organizaciones de grado inferior.

Parágrafo. Las entidades señaladas en el presente ARTÍCULO asumirán las funciones una vez agotadas las instancias comunales.

Como para ratificar lo normado por el estado en la Ley 743, en Decreto reglamentario 2350 de 2.003 se lee:

Artículo 22. Instancias. El proceso de impugnación se desarrollará en dos instancias. La primera será adelantada por el organismo comunal de grado inmediatamente superior, de acuerdo con lo establecido en sus estatutos, y la segunda, en caso de apelación, será de conocimiento de la entidad encargada de la inspección, control y vigilancia del organismo comunal que desarrolló la primera instancia.

Parágrafo 1º. El fallo de primera instancia debe ser expedido en un término no mayor de cuatro (4) meses, contados a partir del momento en que se avoque el conocimiento por parte del organismo de grado superior.

Parágrafo 2º. Si la impugnación se presenta contra la elección de dignatarios de la Confederación Nacional de Acción Comunal o una decisión de sus órganos de dirección, administración y vigilancia, el proceso se desarrollará ante el Ministerio del Interior y de Justicia, como entidad encargada de ejercer la inspección, vigilancia y control de dicho organismo comunal.

Parágrafo 3º. Si la impugnación se presenta contra la elección de dignatarios o una decisión de un órgano de dirección, administración o vigilancia de un organismo de primer, segundo o tercer grado que carezca de organismo comunal de grado inmediatamente superior, el proceso se desarrollará en primera instancia por la entidad encargada de ejercer la inspección, control y vigilancia, respectiva, y en caso de apelación se aplicará lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 743 de 2002.

Parágrafo. En los estatutos de los organismos comunales a que hace referencia el presente artículo se podrá asignar el conocimiento de las demandas de impugnación a la Comisión de Convivencia y Conciliación.

CONCLUSION
El estado, tanto en la ley 743 como en el decreto 890 no solo le da a las entidades competentes del sistema del interior las facultades de inspección, vigilancia y control, sino, también el cumplimiento de funciones de ejecución sobre los asuntos internos del organismo comunal.

ALTERNATIVAS DE SOLUCION
1.   Que en ausencia del organismo comunal de grado inmediatamente superior (CCC), para decidir sobre las demandas de impugnación, este sea reemplazado para iniciar o continuar con el proceso hasta su culminación  por una CCC designada por 3 miembros así: una escogido por el fiscal, otro por el presidente y uno por la junta directiva de dicho grado inmediatamente superior
2.   Que cuando se haya agotado la vía conciliatoria en el nivel comunal correspondiente, quien deba conocer y resolver sea la CCC del organismo de grado inmediatamente superior. Si la conciliación acontece en organismo de 4º grado, conocerá y resolverá en primera instancia 3 miembros electos aleatoriamente dentro de los integrantes de la Comisión Nacional Pedagógica

En lo referente a la AUTONOMÍA SOBRE AUTORIDADES LOCALES, nos encontramos vacío de representantes legítimos en la cosa pública, ya que carecemos de partido o movimiento político, por lo que acudimos amparados por los artículos 107 y 108 de la CP a afiliarnos e inscribirnos a los partidos y sus listas así como el derecho a retirarnos cuando lo deseemos, en contraposición así manifestemos lo contrario, del no uso arbitrario del nombre de la organización comunal para campañas políticas o a beneficio personal (artículo 26 literal (b) de la Ley 743 de 2.002. En todo caso, quienes llegan a los cargos de elección popular en nombre de los comunales, no son leales a la organización ni a sus principios, sino, al partido o movimiento que lo acogió, con quienes hacen causa común con otros actores de poder, ignorando su organización de origen, independientemente de que existan de por medio actas de compromiso. 
ALTERNATIVA DE SOLUCION

Dejar en manos de la Comisión Nacional Pedagógica realizar los requisitos y trámites pertinentes, (Artículo 3 Ley 130 de 1.994) para la adquisición de la personería jurídica ante el CNE del Movimiento Comunal, tales como:

1.   Solicitud presentada por la  Directiva de la Confederación
2.   Copia de los estatutos
3.   La recolección de cuando menos 50.000 firmas de apoyo

En lo referente a la autonomía sobre TRANSFERENCIA DE RECURSOS, no ha sido fácil lograrlo hasta ahora y así nos duela reconocerlo, el Estado sigue siendo el rey, el poderoso el absoluto, el intenso y el heroico en donde las decisiones más importantes del Estado están en cabeza del nivel central, bajo el argumento de que los territorios no saben manejar apropiadamente dichos recursos y si no hay protagonismo autónomo para los municipios y departamentos, menos para la organización comunal que se aparta más de la realidad.

ALTERNATIVAS DE SOLUCION: Que lo consignado en la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial sobre la participación ciudadana, sea consignado en el marco de la Ley 1557 de 2.015; esto es, que las organizaciones comunales formen parte activa de las subcomisiones Regionales de Ordenamiento Territorial (artículo 8 ley 1454/2.011) para romper con el problema de la falta de autonomía territorial, procesos de construcción colectiva factible de lograr en el marco de los acuerdos de paz.
 
Así mismo, continuar exigiendo nuestros derechos a participar en la distribución y asignación de los recursos provenientes del Sistema Nacional de Regalías buscando formar parte activa de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD), según el artículo 1 del decreto No 1075/2.012

En lo referente a la AUTONOMIA DE LA PARTICIPACION DEMOCRATICA ley 1557/2.015

Articulo (2) Ley 1557/2.015. Todo Plan de Desarrollo debe incluir medidas específicas orientadas a promover la participación de todas las personas en las decisiones que los afectan y el apoyo a las diferentes formas de organización de la sociedad. De igual manera los planes de gestión de las instituciones públicas harán explicita la forma como se facilitará y promoverá la participación de las personas en los asuntos de su competencia.

Aunque la norma sigue hablando de los presupuestos participativos en armonía con los planes de desarrollo como fuente de recursos públicos para fortalecer las relaciones estado-sociedad civil de modo que se asegure su efectiva participación democrática (artículos 90-91y 93), en su artículo 100 se lee tácitamente: Los gobiernos de los entes territoriales previstos en la constitución y la Ley podrán realizar ejercicios de presupuesto participativo, en los que se defina de manera participativa la orientación de un porcentaje de los ingresos municipales que las autoridades correspondientes definirán autónomamente, en consonancia con los objetivos y metas del Plan de Desarrollo. Obsérvese, que este articulado, no es contrario al parágrafo 3º del artículo 40 de la Ley 1552 de 2.012…Mas allá de la realidad, No hay nada que discutir, todo está consumado, el estado continua en deuda, la academia también, lo está igualmente la misma Confederación al igual que los entes de todos los niveles encargados de ejercer la IVC

ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN
Que se incluya en la misma un articulado que manifieste que el funcionario o funcionarios públicos que no cumplan con lo normado, incurrirán en causal de mala conducta y que deben ser sancionados disciplinariamente mediante debido proceso con la pérdida de su investidura y el no ejercicio de funciones públicas por el termino de 10 años cuando menos.








lunes, 13 de marzo de 2017

LOS PLANES DE DESARROLLO PARA QUE?

LOS PLANES DE DESARROLLO PARA QUÉ?

¿Son un instrumento de distracción?

¿Un plan de inversiones con iniciativas comunitarias?

¿Son acaso, unas prioridades del Estado con los actores de la Sociedad Civil entre otros?

¿O una burla del Estado para con la Sociedad Civil?

A partir  de la Ley 152 de 1.994 por la cual se estableció la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo, hoy quiero referirme a la Administración Municipal de San José de Cúcuta, dado que desde que existe dicha normatividad, ninguna de ellas, han tenido una actitud vinculante con la Sociedad Civil a quienes se les llama para que participen en la formulación de su Plan de Desarrollo, mas por cumplir,(artículo 3 literal g, Ley 152/94 y artículo 342 CP)  que para tener en cuenta sus aspiraciones reales surgidas al interior de sus comunidades, por ello, nunca encontrará Ud. en los PD que se hable de los presupuestos participativos dentro de los PRESUPUESTOS PLURIANUALES (artículo 7º Ley 152/94)
…Y para colmo de males, se designan a dedos, los representantes de los Consejos Municipales de Planeación, órgano encargado de dar su concepto y recomendaciones sobre los PD, (artículo 9º concomitante con el artículo 34 Ley 192/94), dejando desarticulado el sentir de la Sociedad Civil


…Una muestra fehaciente de lo expresado, es la burla silenciosa que la actual administración de San José de Cúcuta, en cabeza del doctor Cesar Rojas, le hizo a la comunidad organizada de la comuna cinco, cuyo diagnóstico para ser incluido total, parcial o mínimo  en el  PD (2.016-2.019) que nunca se tuvo en cuenta, el cual se ANEXA



http://www.todosayudan.com/wp-content/uploads/2012/01/educacion-global.jpgEDUCACION
DIAGNOSTICO


Del sector educativo de la comuna cinco podemos decir que para atender la enseñanza entre ___ y ____ años, contamos con ____ instituciones educativas a saber:
1.    Colegio Integrado INEM con sus respectivas subsedes Zulima, Ciudad Jardín y Guaimaral con ____ profesores, ____ aulas, ____alumnos matriculados y ____ alumnos promedio atendidos  por profesor.

2.    El CASD con ___ alumnos, ____ aulas ____ profesores y ____ alumnos promedio atendidos  por profesor.

3.    EL Instituto Técnico de Guaimaral, con ___ alumnos matriculados, ____ aulas y ___profesores,  ____ alumnos promedio atendidos por profesor.

4.    Colegio ANDRES BELLO de Sevilla con ____ profesores, ____ aulas, ____alumnos matriculados y ____ alumnos promedio atendidos por profesor
Los alumnos allí matriculado provienen de familias de los estratos uno y dos quienes carecen del apoyo tecnológico, de ayudas de kid escolares y de transporte, de asistencia social, recreación y deporte que les ayude a reconstruir su tejido social dado que provienen de zonas donde mayor se concentran las victimas del conflictos armado, los desplazados, negritudes y personal vulnerable, con preferencia de las  comunas 7 y 8
No existe en el sector un jardín Escolar para los niños, los que existen son del régimen privado para un total de _______.
El equipamiento urbano de estas instituciones es de grado indeseable, sus escenarios deportivos, aulas múltiples, jardines e iluminación requieren con urgencia de la voluntad política de sus gobernantes del orden departamental, Municipal y de sus representantes electos por el voto popular.
La percepción que se tiene de los miembros de la mesa de trabajo es que las administraciones anteriores poco se han interesado por la inversión en la educación en este sector más allá de lo correspondiente al pago de los educadores, en atención a que su localización hace parte del entorno centro de la ciudad, pero olvidando que quienes más del 90 % de quienes allí reciben su educación son de los estratos uno y dos de las comunas 7 y 8 de la ciudad, por lo que invitan a la reflexión en especial a la actual administración municipal a corregir, nunca es tarde para la búsqueda de la perfección, máxime cuando estamos hablando de la educación y menos ahora cuando en el posconflicto se habla de paz, equidad y educación como los pilares de Juan Manuel Santos presidente de la República.
ACCIONES
1.    Inversión inmediata al más alto nivel para restablecer la parte física inmobiliaria,  ambiental, laboratorios, talleres, baños, bibliotecas de todas las instituciones del sector de la comuna cinco

2.    La conversión del INEM en la futura Universidad del Pueblo conforme el propósito del mandatario local doctor Cesar Omar Rojas Ayala.



3.    Que el INEM pase a la dirección Regional del SENA mediante convenio interinstitucional

4.    Celebración de contrato entre las empresas de transporte público de la ciudad y la Administración Municipal para el transporte del personal estudiantil de las comunas 7 y 8 que así lo ameriten.

5.    Transformar con el apoyo del gobierno Municipal, departamental y Nacional el Colegio Andrés Bello de Sevilla en un Mega colegio.

6.    Vinculación laboral con docentes de la comuna cinco


Resultado de imagen para SALUDSALUD
DIAGNOSTICO

En nuestra comuna cinco, los servicios médicos de consultas prestados por la IPS Imsalud, se dan por medio de las Unidades Básicas de Guaimaral y Sevilla, las cuales constan de infraestructura anti técnicas, carecen de personal profesional lo que conlleva a dejar de lado los derechos y obligaciones en salud de los usuarios al tiempo que se pierde la capacidad y el fortalecimiento que en materia de salud, dieron origen a IMSALUD; nadie asume la responsabilidad dejando en libertad a los usuarios a que se orienten en la búsqueda de otras IPS con mejores condiciones humanas y técnicas. En nuestro medio no es posible alcanzar la excelencia en salud cuando nuestras dos UB, solo cuentan para la atención de sus usuarios que superan los mil usuarios con un médico y una enfermera y cuya atención solo se ofrece dos días a la semana, no hay continuidad.
Se requiere una urgente operación logística y su capacidad del recurso humano de las dos Unidades Básicas que inviten al usuario a visitarlas y aumentar su grado de credibilidad acerca de los servicios integrales de salud, la cual se ha perdido en sumo grado. Los pacientes deseamos contar con seguridad profesional y habitacional así como disponer de una inversión tecnológica de punta.
ACCIONES
Se recomienda con grado de urgencia para el manejo de estas dos Unidades Básicas la celebración de un CONVENIO entre la Administración Municipal y la IPS UNIPAMPLONA como un verdadero aliado estratégico capaz de rescatar la confianza del usuario y su retorno a las mismas.
Continuar con la política de fumigación
Sean incluidas las unidades odontológicas en cada una de las unidades básicas

OBJETIVOS

1.    Garantizar la eficiencia y efectividad del sistema básico de salud.

2.    Ampliar la cobertura de servicios en la comuna.

3.    La prestación del servicio con mayores garantías del acceso a la tecnología de la salud de manos de la IPS UNIPAMPLONA.

4.    Propender por el mejoramiento de infraestructura de las actuales unidades básicas.



http://c0364889.cdn2.cloudfiles.rackspacecloud.com/wp-content/uploads/2015/01/agua-300x250.jpgAGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO
DIAGNOSTICO

El contar con agua potable no solo en Cúcuta capital del Norte de Santander con 634.311 habitantes, (1) sino,  en todo el país, es cada vez más incierto, la historia no miente, pero la deforestación, la falta de  inspección vigilancia y control sobre los depredadores de los suelos de los ríos que nos abastecen, entre ellos sobre quienes talan y extraen el material de ríos así como la continua contaminación de parte nuestra, demuestran que en el corto plazo no tendremos agua suficiente para abastecer como mínimo el consumo humano, máxime cuando a la luz de los censos DANE, se observa que Cúcuta desde 1951 -2.014, ha incrementado su población de forma continua, mas,  cuando en el transcurso de dicho periodo se ha dado origen a otros municipios como el Zulia, San Cayetano, Cornejo y Puerto Santander que quiérase o no hacen parte de la distribución del recurso hídrico nuestro.
Cúcuta y su área metropolitano deben con compromiso político, administrativo, social y económico asumir el devenir de nuestros hijos haciendo suyo el cumplimiento de las metas de cobertura, calidad y continuidad del sector de Agua Potable y Saneamiento básico.
Cabe mencionar en este diagnóstico, que en los actuales momentos los cucuteños nos abastecemos del preciado líquido a pesar del tan mencionado fenómeno del niño, gracias a que AguasKpital, sacrifica la vida del río pamplonita y su biodiversidad apostándole a las grandes contenciones de agua con tal de abastecer sus depósitos de almacenamiento, mediante bocatomas localizados a 8 kms de las plantas del pórtico en la cota 447,46 metros sobre el nivel del mar (s.n.m). 
Esta realidad no es más que una simple radiografía de lo que vivimos y de lo que nos espera en materia de recursos hídricos con destino al agua potable y el saneamiento básico.
Así las cosas, Cúcuta ya no es la ciudad hidrográficamente rica en el preciado líquido hídrico por el hecho de tener dos fuentes superficiales como lo son el rio pamplonita el cual aporta el 70% de abastecimiento y el rio Zulia el 30%, así que tampoco es cierto que de una capacidad de abastecimiento del rio pamplonita de 1750 L/S se optimice su producción a 2.500 L/S. La verdad es que no existe tanta belleza, la realidad es la que estamos viviendo.
www.dane.gov.co/files/investigaciones/poblacion/proyepobla06_20/ProyeccionMunicipios2005_2020.xls Proyecciones de población hasta 2020
Nuestro sistema de alcantarillado sanitario operado por AguasKpital Cúcuta. S.A. presenta traumatismo en su operación, situación que origina rebosamiento en los pozos de inspección y en los casos más críticos las aguas residuales se devuelven por los sifones de pisos y por los aparatos sanitarios, y en algunos tramos como los sectores de los zulimas las tuberías se encuentran presionadas por el exceso de caudal, originado por el ingreso de aguas lluvias a las redes de alcantarillado.
ACCIONES
Apostarle desde ya al proyecto embalse Multipropósito del Cinera.
Construcción lagunas de oxidación alternos al rio pamplonita


OBJETIVO GENERAL
Despertar en la Administración Municipal la necesidad de garantizar en el mediano plazo el cumplimiento de las metas de Cobertura, Calidad y Continuidad del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico hasta convertirla en una política pública del recurso hídrico.

OBJETIVOS ESPECIFICOS
Gestionar y captar recursos del orden municipal, nacional y departamental e internacional para la ejecución de nuevas proyectos de infraestructura en acueducto y alcantarillado.
Disminuir la incidencia de problemáticas sociales, en especial la relacionada con la infancia y la adolescencia.


https://floridadecuba.files.wordpress.com/2013/10/cultura-recreacion-deporte.jpgDEPORTE Y RECREACION
DIAGNOSTICO

Como Deporte Educativo, la Comuna Cinco adolece de medios e infraestructuras que le permita el disfrute y descanso a sus habitantes, de allí que se requiere con grado de urgencia que dicha realidad, sea promovida organizada y reconocida por los organismos públicos locales y privados.

En ese orden de ideas, reclamamos el deporte como una actividad deportiva donde nos integremos todos sin discriminación como el sexo, nivel de habilidad u otras, es decir un deporte que contribuya a mejorar la capacidad motriz, intelectual y afectiva, esto es, un deporte de inclusión social o de relación mas no una de competición con disciplina fisco atlética, así de sencillo.

ACCIONES

1.      Continuar con el programa de los juegos biosaludables

2.      La recuperación de por lo mínimo 23 parques infantiles

3.      La construcción de por lo mínimo 3 polideportivos

4.      Remodelación de las canchas de futbol entre ellas la de la urbanización Zulima

5.      El suministro de implementos deportivos en igualdad de condiciones a las demás comunas

6.      Construcción y remodelación de las canchas de basquetbol 1 por barrio

7.      Poner en funcionamiento en nuestra comuna las escuelas deportivas a cargo del IMRD e INDENORTE

8.      Apoyo a las ciclo vías y bailo terapias las cuales han venido tomado forma en el barrio ciudad Jardín  de la mano de la JAC y el IMRD

OBJETIVO GENERAL

Avivar de parte de la administración municipal, los lineamientos para la aplicación de la práctica deportiva no con fines competitivos sino como política pública de integración deportiva

OBJETIVOS ESPECIFICOS

·           Devolver a la población comuna cinco  la práctica deportiva, perdida por la falta de infraestructura física para la misma
·           Mejorar la calidad de vida organizando e integrando nuestra comunidad.
·           Fomentar el uso y buena utilización del tiempo libre
·           Fomentar el acceso a los espacios públicos para el desarrollo del deporte

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CULTURA
DIAGNOSTICO

El disfrutar de la cultura como concepto de innovación y de gestión de cambio en las comunas uno, dos y cinco, es cada vez más difícil de entender, se nos margina en comparación con las demás comunas. En nuestra comuna no se respira esa cultura como elemento de valores de estilo y de liderazgo, hoy deseoso la reclamamos.

También es muy frecuente en nuestro entorno, la no aplicación de la organización de la cultura vista como norma para la seguridad y la estabilidad en sectores como los centros comerciales, intercepción de vías como el de Guaimaral y la IPS UNIPAMPLONA, Guaimaral y la entrada Zulima; se requieren acciones y resultados

ACCIONES

1.    Realizar brigadas cívicas culturales que incluyan actividades tales como cuentos, danzas, literatura, títeres, grupos musicales, lectura, artes, pintura entre otras bajo la supervisión y orientación de un supervisor del IMRD y la secretaria de cultura.

2.    Promocionar en nuestro entorno la cultura ciudadana como medida de prevención orientada cuyo objetivo sea la seguridad y la estabilidad hacia el cumplimiento de la norma con relación al respeto de las señalizaciones, los semáforos y el respeto por la no ocupación del espacio público.


OBJETIVO GENERAL

Hacer de la comuna cinco un modelo de acción y gestión de cambio constante, permitiéndole ser competitiva organizacionalmente en el entorno municipal.


OBJETIVOS ESPECIFICOS

1.    Recuperar el espacio de la cultura como un deber y un derecho inherente a la sociedad
2.    Poner de presente que es necesaria nuestra inclusión social en el rol de la administración municipal


https://derechoshumanosaro.files.wordpress.com/2013/07/dia-mundial-de-la-poblacion-en-dibujo.jpgATENCION A GRUPOS VULNERABLES
DIAGNOSTICO

Entendida la vulnerabilidad como el conjunto de necesidades básicas insatisfechas relacionadas con los sectores de la salud cultura y educativa focalizadas hacia los jóvenes, la niñez y el adulto mayor y que se identifican por sus condiciones de extrema pobreza, la falta de seguridad alimentaria, altos índices de mortalidad, también lo son situaciones generadas por escenarios de discriminación hacia la población étnica y LGTV y negritudes entre otras.

Sin demeritar ninguna de ellas, queremos hacer énfasis hacia el sector del adulto mayor en nuestra comuna cinco, quienes con esfuerzos propios y cabalgando en algunos casos de la mano de algunos dirigentes políticos que buscando satisfacer su autoridad más que el bienestar de los mismos mediante la donación de sudaderas y sillas entre otras,  se olvidan que ellos requieren en su etapa final de la vida de su irrestricto apoyo así como de la voluntad política decidida del gobierno municipal y departamental

No podemos olvidar que en la comuna cinco confluyen por derecho propio más concretamente al Centro de Rehabilitación todos aquellos ciudadanos de Cúcuta y el Norte de Santander con discapacidad auditiva, física y visual del régimen subsidiado, contributiva y especial (policía ejército) otros que requieren el apoyo de la administración en las áreas del deporte, cultural, estudios, transporte etc.
ACCIONES

1.         Inventario de las organizaciones sociales del adulto mayor establecidas en la comuna cinco.
2.         Propender por su apoyo realizando  convenios con el SENA para que asistan y se preparen en los cursos adelantados por esta institución relacionados con su perfil
3.         Vincularlos a los programas de recreación llevados a cabo por el IMRD pero como política de servicios público, no como una acción marginal.
4.         Promover y fortalecer la creación de grupos asociativos de la tercera edad.
5.         Mejorar las condiciones de vida de las personas en estado de indigencia, abandono y habitantes de la calle en la comuna cinco.
6.         La adquisición de una unidad móvil exclusiva para el desplazamiento de las personas discapacitadas que confluyen al Centro de Rehabilitación.

OBJETIVO GENERAL

Reclamar de la administración una política de gestión que permitan al adulto mayor ser vinculado a un crecimiento económico social y cultural sostenible que mejore su calidad de vida

OBJETIVOS ESPECIFICOS:

1.    La búsqueda de la asignación de recursos que generen para el adulto mayor las oportunidades para superar su actual condición de vulnerabilidad.
2.    Integrar los individuos, las familias la sociedad y el estado.
3.    Aumentar la cobertura de atención a la población adulta mayor a través de los hogares vida.



TRANSPORTE
DIAGNOSTICO


Desde la perspectiva de la movilidad, la avenida Guaimaral se ha constituido en uno de los focos más negativos de la movilidad del transporte sin interesar que se opere o no en horario pico, ya que es a través de ella, uno de los lugares obligatorios de los transportadores urbanos públicos hacia la zona de atalaya, máxime cuando allí de desplazan la mayoría de alumnos con destino a los colegios Inem, Guaimaral, La merced, la Salle y el Salesiano entre muchos otros. La concepción de estos nodos de congestión de la avenida Guaimaral, nos obliga a pensar a pensar en su mejoramiento como relación de prelación para que la administración la defina como CORREDOR VIAL DE TRANSPORTE URBANO DE LA CIUDAD 

ACCIONES
1.    Sacar de circulación del transporte público Urbano Municipal aquellos vehículos que ya cumplieron su vida útil.

2.    Convertir como centro experimental piloto la AVENIDA GUAIMARAL en corredor vial de la ciudad, esto es, con diseños exclusivos de paraderos de buses y prohibición de estacionamiento de vehículos particulares y motorizados entre otros.

3.    Autorizar el uso de transporte colectivo regulado como empresa por la avenida Guaimaral con destino atalaya, a partir del horario de las 9:00 p.m.

OBJETIVO GENERAL
Mejorar la movilidad del transporte en la ciudad en el sentido Sur Norte por la avenida Guaimaral.

OBJETIVOS ESPECIFICOS
1.    Priorizar la importancia de la movilidad en la ciudad.

2.    Mejorar la capacidad de afluencia vial de la comuna cinco.

3.    Mejorar las condiciones de movilidad de esta zona del municipio como una estrategia de desarrollo del transporte



Resultado de imagen para mobiliario urbanoEQUIPAMENTO
DIAGNOSTICO

No existe en el municipio una unidad administrativa con responsabilidad y mando que desarrolle la política ambiental planificada tanto en el POT como en el PDM, todo descansa en Aseo Urbano, Proactiva y Corponor, dejando de lado la reconciliación ambiental urbana que debe asumir la administración municipal para que se garantice el desarrollo sostenible de los parques andenes y plazas de la ciudad. El medio ambiente más que recoger basuras es educación y embellecimiento del entorno y hay que empezar cuando menos con el Parque Santander donde cientos de niños y pensionados buscan una mejor calidad de vida. El medio ambiente de la ciudad tiene que orientarse también hacia una política de apoyo institucional al reciclaje, la jardinería y la buena iluminación del espacio público ya que es parte integral del medio ambiente como medio para el disfrute de sus beneficios.

ACCIONES
Incluir dentro de las asignaciones civiles la Secretaria de EQUIPAMIENTO Y/O AMOBLAMIENTO URBANO con funciones de autoridad y mando que desarrolle la política ambiental cuyo perfil no sea político sino profesional con preferencia un arquitecto con experiencias en diseño de equipamiento  mobiliario urbano con énfasis en la ornamentación y cuidado de parques, sin descuidar otros espacios públicos como los centros comerciales industriales, educativos y centros carcelarios que agraden el espacio geo referencial de cada uno de esos sectores que hagan agradable la vista de la ciudad.
Reconstrucción y adecuación ambiental, cultural y arquitectónica de la avenida Guaimaral y avenida Libertadores en la búsqueda de la identidad de ciudad

OBJETIVO GENERAL
Proporcionarle a través de diseños culturales y arquitectónicos una identificación propia a la ciudad, esto es, darle su propio ADN y/o identificación única que la hagan diferente de las demás ciudades.

OBJETIVOS ESPECIFICOS
1.    Mejorar el entorno local no solo de la comuna cinco a partir de las avenidas Guaimaral y Libertadores, sino, de la ciudad.

2.    Velar por un adecuado balance ambiental del entorno local.



DESARROLLO COMUNITARIO
DIAGNOSTICO

Si bien la Organización comunal en el municipio ha crecido cuantitativamente llegando a tener aproximadamente 350 jac constituidas legalmente, no es cierto que su presencia cualitativa haya influido en el desarrollo del municipio como elemento participativo y como fuerza visible del elector primario, y que decir de las demás organizaciones que si bien existen no tienen un sustento jurídico que garanticen su continuidad y estructura. Aunque la norma establece que los planes de desarrollo deben estar de la mano de las organizaciones sociales, estas han sido marginadas en su composición llamándoseles solo para su aprobación en las exposiciones del Plan de Desarrollo pero sin ser beneficias de los mismos. Como se percibe, vano ha sido el apoyo de las administraciones en su nombre, salvo las esporádicas acciones de pequeños proyectos comunidad gobierno que se dan con el favorecimiento del aporte electoral en campañas políticas. Ha faltado voluntad política para su apoyo en la construcción de su política pública de gestión en la construcción anual de los planes de desarrollo y programas anuales de fortalecimiento y fue así como para la vigencia 2.012 – 2.015 el PDM impacto negativamente sobre el fortalecimiento de las organizaciones sociales. Es deber reconocer que a pesar de que los mandatarios municipales y departamentales pueden celebrar convenios con las organizaciones comunales, estas no se han beneficiado jamás de esta posibilidad a través de los convenios, en lo que tiene que ver con las contrataciones de menor cuantía, viéndose forzadas a vender su honor cuando recurren a los dirigentes políticos en la búsqueda de un apoyo económico para su traslado de capacitación y formación a las diferentes ciudades del país cuando por ley se les convoca.
Es bueno reconocer que nunca jamás en el territorio del Municipio de Cúcuta, dentro de los PDM se han articulado políticas técnicas, financieras y administrativas para garantizar y hacer efectivo la ejecución de obras, de procesos de capacitación, de construcción de viviendas por autoconstrucción a través de convenios solidarios en concordancia con las propuestas comunidad gobierno, Articulo 6 numeral 16 incluido sus parágrafos 3º y 4º y articulo 39 Ley 1551 de 2.012
El diagnóstico del papel que ha venido jugando la SADDS en su función de Inspección, Vigilancia y Control, es muy demeritorio, sus resultados no han sido los esperados, ya que carecen de los recursos económicos y técnicos para su funcionamiento y apoyo a la organización comunal entre otras, atreviéndonos a decir que dicha entidad del gobierno municipal no posee ni el más mínimo indicador del total de jac a las cuales se les haya aplicado la IVC establecida en el Decreto 890 de 2.012 en lo que tiene que ver con jac suspendidas y/o canceladas su personería jurídica.
ACCIONES
Agradecemos tener en cuenta la inclusión dentro del plan de desarrollo las siguientes acciones:
1.   Que se establezca en el Plan de Desarrollo del  Municipio los días, horas y lugar en que el gobierno local se reunirá con las organizaciones comunales para reflexionar sobre sus propuestas y aspiraciones, como lo establece el artículo 35 literal ( b ) de la Ley 743 de 2.002, como el derecho a que tienen por Ley, las organizaciones comunales 

2.   Que se establezca en el PDM, el compromiso de construir la política pública de apoyo a las organizaciones, en el marco del artículo 6, literal 17 de la Ley 1551 de 2.012 cuyo texto    es el siguiente: “Elaboración de planes y programas anuales de fortalecimiento de las organizaciones comunales y sociales con la correspondiente afectación presupuestal”, diciendo en el mismo artículo que “Lo anterior deberá construirse de manera concertada con esas organizaciones y teniendo en cuenta sus necesidades y lineamientos de los respectivos Planes de Desarrollo”. Así mismo, que se incluya un proyecto de apoyo con la afectación presupuestal aquí indicada y que sea permanente con destino al funcionamiento de las organizaciones sociales y comunales,  de tal manera que se convierta en referente de actuación social y colectiva de mediano y largo plazo

3.   De conformidad a la Ley 1551 de 2.012, artículo 6º (Modificatorio del artículo 3º de la Ley 136 de 1.996 sobre funciones de los Municipios) en su   numeral 16, reza que  los municipios en concordancia con el artículo 355 de la Constitución Política, podrán celebrar convenios solidarios con las diferentes organizaciones sociales acordes con su plan de desarrollo, entendiéndose como Convenios Solidarios, la complementación de esfuerzos institucionales, comunitarios, económicos y sociales para la construcción de obras y la satisfacción de necesidades y aspiraciones de las comunidades (parágrafo 3º del artículo 6º  Ley 1551/12), solicitamos muy respetuosamente incluir en el plan de desarrollo, la ejecución de obras, de procesos de capacitación, de construcción de vivienda por auto construcción a través de estos convenios solidarios, lo cual no riñe con las propuestas de programas “comunidad gobierno” expuestos en su campaña nuestro actual alcalde doctor Cesar Omar Rojas Ayala. Así las cosas, debemos entender que a partir de los planes y formas de ejecución transparente que proponga la respectiva organización es como se deben ejecutar los recursos, aclarando que ello no necesariamente significa que se le debe asignar el contrato a la respectiva organización, aunque tampoco existe prohibición alguna para hacerlo.

4.   Que el Plan de Desarrollo establezca un porcentaje del Presupuesto de Libre Inversión de por lo menos el 20% para ser asignado por la metodología de los presupuestos  participativos, en concordancia con el artículo 93 de la Ley 1757 de 2.015 que reza: “Los Presupuestos Participativos de los Gobiernos Regionales, Departamentales, Municipales y de las Localidades, reflejan de manera diferencial e integrada los compromisos y acuerdos realizados a través de las distintas fases del proceso de programación participativa. Para ello, las instancias del presupuesto participativo presentan los acuerdos y compromisos adquiridos, ante los consejos regionales, municipales, de planeación, según sea el caso, para su inclusión en el presupuesto institucional. NOTA Contrario a la Ley 1551, donde reza que “El concejo Municipal podrá…el artículo 93 de la Ley 1757/2015 en su parágrafo único establece: Para efectos de cumplimiento de la presente Ley, las Asambleas y concejos Municipales y distritales y las Juntas Administradoras Locales, deberán incorporar los acuerdos participativos previos a la discusión de los presupuestos plurianuales”.

5.   El artículo 48 Ley 1551/2.012 establece que “Los municipios podrán invertir recursos públicos en las áreas públicas que aparecen en los asentamientos humanos de origen local constituidos por viviendas de interés social, con el fin de asegurar los derechos fundamentales de las personas que allí viven y garantizará que se presten los servicios públicos.” En ese orden de ideas recomendamos que el Plan de Desarrollo no

excluya de sus responsabilidades de inversión a estas áreas poblacionales y por el contrario establezca programas para garantizarles aunque provisionalmente las necesidades vitales de vivienda y servicios públicos vitales.

6.   Apoyo logístico y presupuestal a los juegos intercomunales.

7.   Se incluya un proyecto dentro del PDM con afectación presupuestal para el fortalecimiento de la Secretaria Área de Desarrollo Social del Municipio que le permitan cumplir a cabalidad entre otros con los siguientes objetivos:

·         Creación del Banco de Proyectos y Base de Datos comunitarios (Articulo 72 literal ( d ) Ley 743 de 2.002)
·         La designación  de un profesional en la rama contable a objeto de que ejerza en nombre de la SADDS, la función de inspección, vigilancia y control sobre el manejo del patrimonio que administren los organismo de acción comunal  de conformidad al artículo 50 Ley 743 de 2.002
·         La celebración el segundo domingo del mes de noviembre de cada año, del día nacional de la Acción Comunal en concordancia con el artículo 73 de la Ley 743 de 2.002
·         La elaboración de Programas Especiales que exalten los méritos y laboriosidad de las personas dedicadas a la acción comunal, el cual reclama como un deber de los alcaldes en coordinación con los funcionarios que atienden los programas de desarrollo de la comunidad el cumplimiento de los mismos. Articulo 74 Ley 743 de 2.002
·         Apoyo a la celebración de convenios con la Federación de Juntas de Acción Comunal de Cúcuta con el objeto de fortalecer el programa de Formación de formadores.
8.   Que el plan de desarrollo incluya las estrategias y políticas, respeto y apoyo a los Derechos Humanos y al DIH de conformidad al artículo 3º de la ley 1551/2.012, con por lo menos los siguientes objetivos:

a.      Inventario de los dirigentes comunales y sociales víctimas de amenazas, persecución y asesinatos durante los últimos diez años, inventario que podría apoyar la Personería municipal.
b.     Inventario de organizaciones comunales y sociales afectadas como consecuencia del conflicto armado. Plan municipal de reconstrucción.
c.      Inventario de familiares de víctimas, políticas y programas municipales para apoyarlos.
d.     Plan de divulgación y apropiación de los Derechos Fundamentales; de los derechos económicos sociales y colectivos y de los mecanismos de protección de los derechos, divulgación a desarrollar en concertación con nuestras organizaciones en el marco del plan de fortalecimiento de las organizaciones comunales.

NOTA. Nada de todo lo anterior será posible si en dentro del Presupuesto General de Rentas y Gasto no se incluye el capítulo Presupuesto participativo.


OBJETIVO GENERAL
Establecer un marco jurídico claro que garantice una estrecha relación entre las organizaciones sociales y el Estado que le conlleven al cabal cumplimiento de sus derechos y deberes

OBJETIVOS ESPECIFICOS
·         Estructurar y fortalecer la organización democrática, moderna, participativa y representativa de los organismos de acción comunal

·         Incrementar la capacidad de gestión, autogestión y cogestión de la comunidad



Resultado de imagen para justicia y seguridadJUSTICIA Y SEGURIDAD
DIAGNOSTICO

Si bien es cierto que Cúcuta, cuenta con más de 250 cámaras de seguridad encargadas de escuchar y ver las acciones delincuenciales, proporcionando una buena dosis de tranquilidad en nuestro día a día, las mismas requieren se incremente el pie de fuerza de policía y de la Sijín que puedan interactuar al mismo tiempo con ellas en las mismas condiciones tecnológicas y profesionales de las mismas.
Hacen parte de la estructuras de seguridad en la comuna cinco:
1.    CAI Guaimaral con 4 cuadrantes, de los cuales por razones legales solo operan 3 de ellas, es decir, 27 de 36 agentes de  policía
2.    Ciudad Jardín un solo cuadrante
3.    Niza cuatro cuadrantes que al que Guaimaral solo están activos por razones legales 3 de ellos.
4.    La urbanización San Eduardo II Etapa tiene instalada con inversión de su comunidad 12 cámaras en el sector
5.    Los servicios de vigilancia informal asentados en cada barrio de la comuna y sin reglamentación alguna sujeta a inspección vigilancia y control por parte del gobierno local.
Zulima, San Eduardo, Ciudad Jardín el bosque, Niza, Libertadores San Eduardo, Prados norte y porque no decirlo, toda la comuna cinco, ha adquirido un status en los últimos años de inseguridad y preocupación sin precedentes, ya vemos en ella un problema complejo difícil de manejar a pesar de los ingentes esfuerzos de nuestros cuadrantes de policía instalados en nuestro sector. Los ilícitos que en nuestro sector suceden día a día son motivos de una creciente demanda de seguridad que requieren de una mejor calidad de vida y búsqueda de respuesta del gobierno Municipal y departamental. No podemos ser ajeno o desconocer que los motivos que la generan son variados y responden a una sumatoria de situaciones tales como la desocupación. La discriminación, el consumo de drogas y la falta de iluminación que conforman el escenario propicio para un hecho delictivo.
El accionar de nuestros uniformados en favor de los ciudadanos, están orientados a la fortaleza del aparato represivo para combatir el delito, esto es,  “la mano dura” y “cero tolerancia” la cual avalamos y respetamos, pero al mismo tiempo exigimos del gobierno local, la necesidad de generar programas que permitan la disminución de esos hechos, esto es, realizar inversiones en políticas preventivas interdisciplinarias y multiagenciales que son más efectivas y de menor costo que las exclusivamente reactivas y que impactan sobre la seguridad ciudadana como lo pueden ser los programas de recuperación de los espacios públicos y/o urbanización, inclusión social, salud y educación, primer empleo para jóvenes en situación de riesgo y la prevención de adicciones mediante la construcción de centros para adictos de drogas que no afecten libremente a quienes viven en su alrededor, especialmente a su núcleo familiar.
ACCIONES
1.    Incrementar el pie de fuerza de la policía en nuestros tres CAI
2.    Instalar un nuevo CAI en el barrio Sevilla contiguo a la iglesia.
3.    Apoyo Técnico permanente y mantenimiento de las patrullas y motocicletas a disposición del cuerpo de policía.
4.    Incrementar la iluminación pública, cámaras y podas de árboles en toda la comuna cinco.

5.    Reglamentar los servicios de vigilancia informal, brindarles capacitación a cargo de la secretaria de seguridad del Municipio.
6.    Institucionalizar las campañas de prevención sobre adicción en las escuelas y colegios del sector.
7.    Seguimiento y mantenimiento a las cámaras de seguridad
8.    Inversión del Municipio para la recuperación de escenarios deportivos entre ellos Niza, Zulima y Prados Norte por excelencia.
9.    Llevar a cabo cada mes una reunión de seguridad con el comandante General de San Mateo, los comandantes de cada CAI y los presidentes de jac de la comuna cinco
10.  Proceder a liberar el espacio público a la salida de URGENCIAS del Hospital Erasmo Meoz invadido por los motorizados y vendedores ambulantes.
11.  Ejercer control sobre la proliferación de la mendicidad utilizando menores de edad de la mano del ICBF y la Policía de Infancia y Adolescencia)

OBJETIVOS GENERAL
Propender por la protección de la vida, integridad, libertad, patrimonio económico de los ciudadanos mediante la reducción de la criminalidad, los homicidios entre otros.

OBJETIVOS ESPECIFICOS
1.    Facilitar la labor de la autoridad en la lucha contra el delito
2.    Concientizar a los ciudadanos de su responsabilidad como miembros de la sociedad
3.    Mejorar la presencia y respuesta de la policía
4.    Dificultar la comisión del delito la cual ha alcanzado un gran status en nuestra comuna cinco
5.    La vinculación de nuestros jóvenes a las políticas de empleo diseñadas por el mandatario local. 


Resultado de imagen para BOMBEROSPREVENCION Y ATENCION DE DESASTRE
DIAGNOSTICO


 “Ningún Norte santandereano, puede olvidar aquel 18 de mayo de 1875, donde el cielo cucuteño se mostraba sereno en tanto que el movimiento comercio daba animación a la vida social y hacia mejor el medio circulante, la prosperidad se advertía así como el semblante risueño de los hijos de la antigua ciudad. El domingo 16, ante víspera del inolvidable cataclismo, se sintió a las cinco de la tarde un fuerte temblor que agrietó las paredes en alguna de las casas centrales, el lunes volvió a temblar por la mañana y por la tarde, por lo que el temor a algo desconocido empezó a generalizarse, el martes 18 se oían desde las primeras horas de la mañana, con intermitencia más o menos cortas, sordos ruidos subterráneos, cual grandes masas se desgarrasen del seno de la tierra.” (http://www.cucutanuestra.com/temas/historia/terremoto/Terremoto_de_cucuta.htm).

La concepción de este relato, nos obliga a pensar que este es el mejor diagnóstico en cuanto a Prevención y Atención de Desastre para el inmediato manejo de una situación de emergencia en la ciudad que no debemos ignorar. 
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ACCIONES

1.    Instalar con urgencia no menos de 5 hidrantes en los barrios con calles peatonales como el sector del Zulima
2.    Constituir en la comuna dos o tres comités paritarios que promuevan la capacitación para la prevención de desastres, dotados de sus respectivos implementos (camillas, extintores, botiquines de primeros auxilios otros)
3.    Activar los simulacros de evacuación y puntos de encuentros ante posibles amenazas sísmicas naturales.

OBJETIVO GENERAL
Fomentar en la comunidad educativa una conciencia solidaria y cooperativa frente al manejo de una situación de emergencia en la ciudad.

OBJETIVO ESPECIFICOS
1.    Disponer de técnicas de prevención y manejo de emergencias

2.    Fomentar la prevención de hábitos como estrategia de super vivencia del hombre

3.    Adquirir nociones fundamentales de comportamiento social.

4.    Fomentar en las personas el espíritu de defensa, conservación, recuperación adecuada de los recursos naturales y de los bienes y servicios de la comunidad.



MEDIO AMBIENTE
DIAGNOSTICO


La comuna cinco es una de las más afectadas del deterioro ambiental en Cúcuta originada por la contaminación de los cuerpos de agua, de la descomposición de basuras, de los criaderos de moscas y zancudos y de la atmosfera que se desprenden del canal Bogotá.
 Así mismo por la ocupación de zonas habitacionales de altos riesgos como el caso del barrio Sevilla que menoscaban el patrimonio ambiental, ocasionando graves consecuencias a la estabilidad ecológica en menoscabo del desarrollo de la ciudad.
Igual contaminación padecemos de la descomposición de los mal llamado canales de aguas lluvias de los sectores de corral de piedra adjunto a la universidad Libre de Colombia y del barrio Sevilla que no solo afectan de manera directa a sus residentes con énfasis la niñez, sino, al mismo ecosistema y su biodiversidad. Zulima, Guaimaral, ciudad Jardín entre otros, por su parte, durante décadas han convivido con las inundaciones invernales de cada año y las promesas van y vienen y sus resultados no han salido a la vista.
Si bien el sector cuenta con importantes empresas que conforman el sector industrial de la ciudad, es bueno que en el POT se vayan tomando las medidas pertinentes para ir evacuando su salida  al tiempo que se prohíba la autorización de vincular a otras nuevas, ya que su contaminación ambiental como el caso específico de Cerámicas Italia es severo con el medio ambiente y residencial específicamente con el barrio Tasajero y barrios adjuntos, demostrando con ello que en el municipio hacen falta verdaderas medidas de Inspección, vigilancia y control sobre estas personas jurídicas que vienen ocasionando daño al medio ambiente.
ACCIONES
1.    No permitir a futuro inmediato el asentamiento de nuevas fábricas en nuestra comuna, así como tomar medidas mediante proyectos de cuerdo y el POT mismo para trasladar las actuales a otros sectores que la administración determine y que no afecten al nuevo sector.

2.    La canalización inmediata del canal de aguas lluvias de corral de piedra.

3.    Tapar los 200 metros lineales del canal del barrio Sevilla.

4.    Ejercer inspección vigilancia y control con autoridad firme hasta lograr la contaminación ambiental generada por la Empresa Cerámica Italia.

5.    Mantener una permanente limpieza del canal Bogotá, como generador número uno del deterioro ambiental de la ciudad, así como obligar que el ducto de aguas negras residenciales que allí desembocan vierta sus aguas en el canal de aguas negras que corresponda.

6.    Crear los accesos de libre caída de las aguas lluvias invernales hacia el canal Bogotá correspondiente a sus calles adjuntas.

7.    Canalizar las aguas del sector del bosque que descansan en los alrededores de la Universidad de Santander UDES.

OBJETIVO GENERAL
Crear conciencia al interior de la administración Municipal para que adopte decisiones serias de políticas concernientes a la gestión ambiental que tanto daño cuantitativo y cualitativo han venido causando a la ciudad y sus habitantes.

OBJETIVOS ESPECIFICOS:
1.    Ejercer estrictos controles de inspección y vigilancia sobre el sector del medio ambiente

2.    Evitar con dichas medidas la prevención sobre enfermedades primarias especialmente en el sector de la niñez.

3.    La defensa del ecosistema y la biodiversidad.



INFRAESTRUCTURA VIAL URBANA
DIAGNOSTICO

En materia de infraestructura sobre sus vías secundarias, peatonales y separadores como los de la calle de doble calzada entre el INEM y avenida Libertadores de la comuna cinco llevan más de 40 años sin la inversión de la administración municipal.
Es de advertir que en su interior en la comuna cinco, aún encontramos en pleno siglo XX, calles destapadas como en el barrio Zulima y la Urbanización el Bosque. Como caso especial en la Urbanización el Bosque nos encontramos que de ser intervenida su doble calzada comprendido entre la calle 8AN Avenida 2 y avenida 7 Transversal esta permitiría el desplazamiento de vehículos en forma confortable y segura en el sentido occidente oriente, la cual  en ocasiones ha sido invadida por extraños y defendida por su comunidad, así mismo, con el beneplácito de la oficina de planeación del Municipio, invadida por los propietarios de las empresas e industrias allí radicadas en el sector sin que se ejerza el control y la autoridad de la misma en favor de los residentes que aún se encuentran a la defensiva del bienestar general por encima del interés particular.
Lo planteado en el bosque con respecto a su transversal, es solo una decisión que no debe ser aplazada, ya que la misma cuenta con la planeación y el diseño de todos los elementos que la constituyen, solo falta su ejecución y conservación con la observancia de que su infraestructura contribuiría a mejor las condiciones, socioeconómicas, ambientales y de seguridad existentes en el sector
ACCIONES
1.    La intervención de las vías peatonales de la urbanización Zulima abandonadas por más de 40 años por la Administración Municipal
2.    La intervención inmediata de la calle 8AN Avenida 2 y avenida 7 Urbanización el Bosque
3.    Pavimentación calles destapadas Zulima y Urbanización el Bosque (tres)
4.    Reductor de velocidad y señalización bajando del puente la Gazapa calle 8AN con salida de la Escuela ciudad Jardín.

OBJETIVOS ESPECIFICOS
1.    La conservación adecuada de las vías de la comuna cinco.

2.    Contribuir a la movilidad vehicular.

3.    Reencontrarnos con el medio ambiente.

4.    Buscar mejorar las condiciones de seguridad no solo para nuestros residentes sino, también para los empresarios allí establecidos.



Resultado de imagen para VIVIENDAVIVIENDA

DIAGNOSTICO


Hablar de vivienda digna en Colombia es tropezar con un limitante encontrado en el ordenamiento jurídico colombiano, en la Constitución Política de 1991 y la jurisprudencia de la Corte Constitucional ya que se han distinguido teóricamente, por una parte, los derechos civiles y políticos, y por otra, los derechos sociales, económicos y culturales.
Los primeros han tenido el reconocimiento de derechos fundamentales y los segundos han sido tenidos como derechos de orden meramente prestacional, por lo que para lograr su efectivo cumplimiento han sido objeto de acciones legislativas o administrativas que determinan o no su reconocimiento. Si buscamos en nuestra carta magna el derecho a la vivienda digna (art. 51) lo encontramos ubicado dentro de los derechos meramente prestacionales, es decir, que el derecho en cuestión está sujeto a las políticas y proyectos que se generen dentro de los gobiernos nacionales, departamentales y municipales para suplir la necesidad de vivienda al cual todo ser humano debería acceder no como un derecho prestacional si no como un derecho fundamental.
Afortunadamente, desde el gobierno nacional hasta el municipal este tema ha sido mirado desde la óptica de que todos los ciudadanos tenemos una dignidad como humanos que somos, dignidad protegida por las diferentes leyes tanto nacionales como internacionales y es por esto que se han creado diferentes planes y proyectos enfocados a satisfacer la necesidad de vivienda.
La inversión en vivienda de interés social en nuestro municipio en los últimos periodos ha sido importante pero sin alcanzar la mitad del mínimo requerido para la satisfacción de viviendas necesitadas y más aun con un fenómeno que está creciendo en San José De Cúcuta la cual es la llegada de familias desplazadas de otras regiones del país, del departamento y del vecino país de Venezuela. Ahora bien, nuestra comuna 5 es la que menos ha recibido en el tema de inversión de vivienda de interés social, siempre apoyados en la argumentación de que somos estratos 3 y 4, olvidando las administraciones locales que dentro de esta comunidad tenemos unos de los sectores iconos y más antiguos del municipio como lo es el barrio Sevilla.
Hablar de Sevilla en materia de vivienda es mirar que existe una gran necesidad en esta materia. Si a eso le anteponemos que la problemática existente en el sector es que una gran parte de las construcciones que encontramos, por su ubicación son consideradas de alto riesgo.
Otras de las deficiencias, que encontramos es que existen una gran cantidad de viviendas en un estado deplorable que necesitan un mejoramiento en su infraestructura.
ACCIONES
1.    Realizar un inventario de los terrenos baldíos que se encuentren dentro de los límites de la comuna 5.

2.    Propuesta de construcción de vivienda de interés social (propiedad horizontal) para la reubicación de familias que se encuentran en zona de alto riesgo del sector de Sevilla parte alta y cerro la cruz.

3.    Propuesta de construcción de vivienda urbana en terreno propio, para las familias cuyas viviendas no cumplan con los estándares habitacionales.

4.    Inversión social para el mejoramiento de vivienda mediante la modalidad comunidad gobierno, en asocio con el departamento y el Ministerio de Vivienda.

5.    Retomar y fortalecer el programa de subsidio de mejoramiento de vivienda.













PLAN DE DESARROLLO DEL MUNICIPIO DE
SAN JOSÉ DE CÚCUTA

2016 – 2019

DIAGNOSTICO COMUNA CINCO


ASOCIACIÓN DE JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL COMUNA CINCO
ALDO MANUEL CARREÑO DITTA

PRESIDENTE

ASOCIACIÓN DE EDILES COMUNA CINCO
CHARBEL ALEXANDER ELAM GONZÁLEZ
PRESIDENTE