martes, 22 de agosto de 2017

SECRETARIA DE DESARROLLO SE LO BUSCO Y SE GANÓ LAS IAS

LA ADMINISTRACION MUNICIPAL DE SAN JOSE DE CUCUTA, CUENTA CON UNA SECRETARIA DE DESARROLLO, CIEGA SORDA MUDA Y REQUETE TERCA Y SIN QUERER QUERIENDO SE HA GANADO ALGUNAS IAS.

TODO SE RELACIONA CON LA IMPUGNACION DE LA ELECCIÓN DE LOS DIGNATARIOS DE LA JAC URBANIZACION ZULIMA III ETAPA COMUNA CINCO CUCUTA, PERIODO 2.016-2.020

¿DIGA UD SI Ó NO?

1.    Con fecha 24/08/2016 la Comisión de Convivencia y Conciliación Comuna Cinco de la Asociación de Juntas del municipio de Cúcuta, mediante Fallo disciplinario No 02 ratifica y deja en firme el fallo contra la elección de dignatarios electos para el periodo 2.016 - 2.020 y dentro del cual solicita notificar a la Secretaria de Desarrollo del Municipio de San José de Cúcuta, adscrita a la alcaldía Municipal, para que conforme Decreto 890 de 2008 artículo 7 numeral 14 designe al último representante legal de la jac  Urbanización Zulima III Etapa para que se encargara de las diligencias necesarias  para la realización de la asamblea general de elección de nuevos dignatarios.

2.    Con oficio Radicado No 2176 de 25/08/2016, se hace entrega formal del Fallo en mención para lo de su competencia a la Secretaria de Desarrollo Alcaldía San José de Cúcuta

3.    Con oficio de fecha 20/04/2017 derecho de petición, se solicita ocho (8) meses después información al despacho de la secretaria cuales han sido las acciones tomadas con respecto al Fallo No 02 de 24/08/2016 Radicado con No 2176 de 25/08/2016

4.    Con oficio Radicado No 533 de 30/05/2017, transcurrido 36 días calendarios, ante el silencio administrativo recurro a un nuevo Derecho de Petición al mismo ente, recordándoles proceder conforme lo normado en el artículo 49 de la Ley 743/2002, que reza: “declarada la nulidad de la  elección de uno o más dignatarios se cancela el registro de los mismos y la autoridad competente promoverá una nueva elección”

5.    Con oficio Radicado No 402-238 de 31/05/2017 el Subsecretario de despacho doctor ISAID PABON TORRADO, en la parte final del mismo manifiesta: “ Por último le comunico que el despacho procede  a dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 49 de la Ley 743 de 2002”

6.    Mediante Radicado 01-400-027059-E-2017 entre el presidente de la Junta de acción comunal JAIRO DIAS PARRA, CC No 13.497.337 el Fiscal de la misma ALBERTO IBARRA cc No 13.254.490 y el suscrito firmamos un ACTA DE CONCILIACIÓN para dar por terminado el conflicto.

7.    Mediante Derecho de Petición Radicado del despacho alcaldía, No 01-400-030930-E-2017, solicito unilateralmente proceder a la nulidad del acta de conciliación anterior y dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 49 de la Ley 743/2003 ya que el señor Vicepresidente no lo consideró conveniente, que si bien no lo hago saber en dicho derecho de petición, fue esta la razón obvia para cambiar de parecer.

8.    Mediante oficio Derecho de Petición Radicado de la alcaldía No 01-400-039374-E-2017 y ante el nuevo silencio administrativo (33 días) del despacho Secretaria Desarrollo señores JOSE ANTONIO VARGAS YUNCOSA E ISAID PABON TORRADO, una y otra vez más solicito la aplicación del artículo 49 de la Ley 743/2002 así como el artículo 7 numeral 14 del Decreto 890 de 2008


9. Mediante oficio Radicado alcaldía 01-402-021854-S-2017 el subsecretario de Desarrollo ISAID PABON TORRADO, da respuesta parcial a mi Derecho de Petición al dejar sin efecto la decisión del acta de conciliación, mas no procede como nunca ha procedido transcurrido un año después a la nulidad de la elección y cancelación del registro de los electos para el periodo 2.016-2.020 (artículo 49 Ley 743/2002), así mismo, no ha dado cumplimiento a lo ordenado por la Comisión de Convivencia y Conciliación de la Asociación de Juntas Comuna Cinco en lo pertinente al artículo 7 numeral 14 del Decreto 890 de 2008. Como se aprecia, no se da una respuesta efectiva que conduzca a la solución o por lo menos al esclarecimiento de lo solicitado en el derecho de petición, toda vez que las respuestas, deben ser puntual, precisa y pertinente, esto es, no se debe dar una respuesta evasiva, vaga que no ofrezca nada al peticionario, por el contrario equivocadamente han considerado que han garantizado el derecho de petición con el envío de una simple nota, sin ofrecer solución de fondo alguno como la requerida reiteradamente, es decir, deja al peticionario en las mismas  Los derechos de petición, deben ser garantizados. Ahora si la entidad descrita, no puede ofrecer una solución junto con la respuesta al derecho de petición, ha debido explicar o sustentar el por qué de la imposibilidad de dar una solución de fondo y obviamente que esa explicación debe ajustarse a la realidad
¿SE GANÓ O NO LA SECRETARIA DE DESARROLLO LAS IAS, SI Ó NO?

miércoles, 9 de agosto de 2017

PRIMER CONGRESO COMUNAL POR LA PAZ- LOS DERECHOS HUMANOS Y CONSOLIDACION DE LOS ACUERDOS



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Recuerdos Congreso Comunal Nacional Medellin

PRIMER CONGRESO COMUNAL POR LA PAZ

PROGRAMACION
PRIMER DIA JUEVS 28 DE SEPTIEMBRE DE 2.017


2:00 A 5:00 PM   REUNION DE DIGNATARIOS CONFEDERACIÓN
3:00 A 6:00 PM   ACOMODACION DIGNATARIOS EN HOTELES
7:00 PM               ACTOS PROTOCOLARIOS DE INSTALACION CONGRESO

SEGUNDO DIA 29 DE SEPTIEMBRE/2.017

JORNADA PEDAGÓGICA PROCESO DE PAZ EN COLOMBIA

1.    CONVERSATORIO. IMPLEMENTACION DE LOS ACUERDOS
 1.1 ALTA CONSEJERIA PARA LA PAZ
1.2 AGENCIA DE RENOVACION TERRITORIAL
1.3 UNIDAD DE RESTITUCION DE TIERRAS
1.    AGENCIA DE DESARROLLO RURAL
1.5 ONU (NACIONES UNIDAS)
1.6 CONFEDERACCION NACIONAL DE ACCION COMUNAL
1.7 MINISTERIO DEL POSCONFLICTO

2.- CONVERSATORIO. CONSTRUCCION DE PAZ EN COLOMBIA

2.1 ALTA CONSEJERIA DE DERECHOS HUMANOS - PAULA GAVIRIA
2.2 CSIVI - FARC
2.3 GESTOR DE LA PAZ ELN (JUAN CARLOS CUELLAR)
2.4 MAPP - OEA
2.5 CONFEDERACION NACIONAL DE ACCION COMUNAL

3.   CONVERSATORIO. REPARACION COLECTIVA DE VICTIMAS
3.1 UNIDAD NACCIONAL DE VICTIMAS
3.2 MINISTERIO DEL INTERIOR. OFICINA DE DERECHOS HUMANOS
3.3 MMPP - OEA
3.4 CONFEDERACION NACIONAL DE ACCION COMUNAL

4.  CONVERSATORIO. PROTECCCION Y SEGURIDAD DE LIDERES CCOMUNALES DEFENSORES Y DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS

4.1 UNP
4.2 DEFENSORIA DEL PUEBLO
4.3 POLICIA NACIONAL
4.4 PROCURADURIA
4.5 FISCALIA GENERAL DE LA NACIONS
4.6 MINISTERIO DEL INTERIOR
4.7 MMPP/OEA-ONU


TERCER DIA SABADO 30 DE SEPTIEMBRE/2017

MESAS TEMATICAS

1.- MESA NUMERO UNO. LA ACCION COMUNAL Y EL DESARROLLO RURAL

El acuerdo preliminar “para la terminación del conflicto y la construcción de una paz duradera" suscrito por la FARC y el Gobierno Colombiano en la Habana, tiene como primer punto de agenda en el "DESARROLLO AGRARIO INTEGRAL" que será el tema con el que arranca el dialogo.

2.-MESA NUMERO DOS. ACCION COMUNAL Y PARTICIPACION POLITICA
Garantías "para el ejercicio de la oposición política en general y en particular para los nuevos movimientos que surjan luego del acuerdo final

3.- MESA NUMERO TRES. LA ACCION COMUNAL Y LA REINCORPORACCION

El tercer tema del acuerdo preliminar refiere al "cese del fuego y hostilidades bilaterales y definitivo", "la dejación de las armas" y "la reincorporación de los combatientes de las FARC a la vida civil de acuerdo a sus intereses"

4.- MESA NUMERO CUATRO. LA ACCION COMUNAL Y LAS DROGAS DE USOS ILICITOS

El cuarto punto de la agenda es "LA SOLUCION AL PROBLEMA DE LAS DROGAS ILICITAS” que se han convertido en las principales fuentes de financiamiento de las FARC

5.- MESA NUMERO CINCO. LA ACCION COMUNAL Y LA REPARCION A LAS VICTIMAS

"Resarcir a las víctimas está en el centro del acuerdo del Gobierno Nacional - FARC-EP. En ese sentido se tratarán: 1.- Derechos Humanos a las víctimas y 2.- verdad Justicia y Reparación

6.- MESA NUMERO SEIS.  MUJERES COMUNALES Y CONSTRUCCION DE PAZ

7.- MESA NUMERO SIETE.  LA ACCION COMUNAL Y LA PARTICIPACION EN LA MESA DE PAZ EN QUITO

8.- MESA NUMERO OCHO.  JOVENES COMUNALES Y EL PROCESO DE PAZ


CUARTO DIA DOMINGO 31 DE OCTUBRE /2.017

5.- CONVERSATORIO: ORGANIZACIONES SOCIALES DEFENSORES Y DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS

5.1 ORGANIZACIONES CAMPESINAS A NIVEL NACIONAL (ANU.CNA-FENSUAGRO)
5.2 ORGANIZACION INDIGENA NACIONAL ONIC
5.3 ORGANIZACION AFRODESCENDIENTE NACIONAL
5.4 ESPACIO REGIONAL DE PAZ - ERPAZ
5.5 ONG S NACIONALES
5.6 CONFEDERACION NACIONAL DE ACCION COMUNAL
5.7 TERRITORIO DE PAZ (Lerma, La María y La Pachuca)
  

PLENARIA

SELECCION SEDE DEL SEGUNDO CONGRESO COMUNAL POR LA PAZ Y DESPEDIDA DE LAS DELEGACIONES

DELEGACIONES DEPARTAMENTAES

Todas las Federaciones deberán promover la participación de diez (10) DELEGADOS ESPECIALES, de acuerdo A SUS ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL, los dignatarios y dignatarias que tendrán la calidad de delegados oficiales a este evento serán:
Presidentes, Vicepresidentes, Secretarios Ejecutivos de Paz, Derechos Humanos, Planeación,  asuntos Políticos, Asuntos Agrarios o Rurales, un Presidente de una ASOCOMUNAL que haya sido reconocida como municipio PDET y se debe garantizar la participación de una mujer y un Joven Constructores de Paz
NOTA. en caso que una Federación no tenga cualquiera de estos dignatarios en su estructura, deberá encargar una persona para que cumpla esta función y los represente en este Congreso

OBSERVACION IMPORTANTE.
En esta oportunidad las personas que ocupan el cargo como DELEGADOS ante la FEDERACCION, no tienen cupo por DERECHO PROPIO por ser un Congreso y no una Asamblea.
1.     A todos los presidentes de las FEDERACIONES les solicitamos de la manera más respetuosa, INCLUIR EN TODAS LAS DLEGACIONES a los presidentes o presidentas de las ASOCIACIONE COMUNALES Y/O JUNTAS DE ACCION COMUNAL de los territorios donde están ubicadas las ZONAS VEREDALES DE TRANSICION y de los municipios PDET S como representantes plenos.

En los departamentos de Colombia donde no exista Federación de Acción comunal. Tendrán un cupo de diez (10) delegados oficiales, los cuales deberán ser acreditados ante el Comité Organizador del Primer Congreso Nacional Comunal por la Paz, Los Derechos Humanos, La consolidación de los Acuerdos y La Participación en las Mesas de Diálogos en Quito - Ecuador

A través de la Confederación Nacional de Acción Comunal, su escogencia y plazo de inscripción es el mismo que el de las Federaciones y lo harán las Asociaciones de Juntas de su Territorio, bajo los mismos parámetros de participación para Mujeres y Jóvenes.

La comisión Pedagógica Nacional órgano interno de la Confederación Nacional de Acción comunal, quienes la encargadas de temas pedagógicos y metodológicos e ideológicos a la Acción Comunal de Colombia, sus miembros serán delegados oficiales del Congreso y se espera que salga una agenda relacionada con PEDAGOGIA PARA LA PAZ

El departamento del Cauca, tendrá un cupo de 90 delegados oficiales y el municipio de Popayán 30 delegados oficiales

La organización del evento, se reserva el derecho de objetar la presencia de personas que con otros intereses, se consideren no bienvenidas al evento. 
La inscripción de las Federaciones con sus respectivos delegados se recibirán en el correo electrónico congresonacionalcomunalpazyddhh@gmail.com o en los correos dispuestos por la Federación Comunal del Departamento del Cauca y la Confederación Nacional de Acción Comunal, diligenciando el formato de Excel que será enviado con suficiente anterioridad.
La fecha límite de reporte de los delegados oficiales es el viernes 1 de septiembre de 2.017 a las 12:00 M. Solo se recibirá inscripciones que provengan de las respectivas Federaciones de Acción Comunal, en el caso de los departamentos donde no exista Federación, se recibirá a través de la Confederación Nacional de Acción Comunal

La Federación de Acción comunal que para el viernes 1 de septiembre de 2.017 a las 12:00 m no haya enviado el listado correspondiente al correo congresonacionalcomunalpazyddhh@gmail.com, o a los dispuestos para tal fin, como se indica en el párrafo anterior, no podrán participar en este evento de integración y deliberación que tiene la organización comunal del país. El Comité Organizador del Congreso, no se hará responsable de los participantes que no se inscribieron en el plazo establecido.

Toda Federación u organismo a través de su representante legal, se responsabiliza por el comportamiento de sus delegados y participantes. En igual medida toda Federación deberá indicar en la inscripción quien de los asistentes de cada delegación es el Coordinador General de la respectiva comitiva.

El Comité Organizador, no se hará responsable de los participantes que no se inscribieron en el plazo establecido, solo garantizará hospedaje y alimentación a los delegados oficiales inscritos dentro del cupo asignado

Todas las delegaciones que participarán y asistirán al Congreso, deberán gestionar ante sus Gobiernos Municipales, Distritales, Departamentales, empresas Privadas o los mismos Organismos Comunales lo pertinente a terrestre aéreo o terrestre de ida y regreso y desde sus lugares, así como también el transporte interno en la ciudad de Popayán y Departamento del Cauca.

El Comité Organizador del Congreso Comunal Nacional, agradece e invita a todas las Federaciones de Acción Comunal a contribuir con la organización del evento asi como con su puntualidad en los procesos de inscripción de sus experiencias y ponencias, las cuales deberán hacerse llegar hasta el día viernes 15 de septiembre de 2.017

Cada participante debe acreditar estar afiliado a una EPS y que su afiliación este vigente

NOTA. La rigurosidad en las fechas límites de inscripción y presentación de ponencias, se da por obligación, ya que todo participante antes de llegar a la ciudad de Popayán, debe saber a qué hotel va ser hospedado y en que mesa participará.


CEFERINO MOSQUERA MURILLO                            GERARDO CATRILLON PAZ
Presidente Confederación Nacional JAC                            Secretario Ejecutivo Procesos de Paz






martes, 8 de agosto de 2017

GUILLERMO CARDONA EN DEFENSA ORGANIZACION COMUNAL

Bogotá agosto 8 de 2017


Periodistas
Luis Carlos Ramírez
Director
Oscar Osorio
Jefe de Redacción
Marcela Arboleda
Sección Comunitaria

Diario la Opinión de Manizales.
E.                    S.                    D.


Referencia: Derecho de Réplica.

Muy distinguidos periodistas

En mi condición de ciudadano y dignatario de un organismo comunal interpongo ante Ustedes mi derecho de Réplica para mí y para la dirigencia comunal de la Zona Cafetera y de Colombia por lo siguiente:

En su edición del 05/08/2017 en la sección de Opinión. Con el título ¿Qué pasó con los líderes comunitarios?, firmado por Eduardo Cardona Mora, texto que ha sido ampliamente publicado en redes sociales, se lesiona gravemente la honra y el buen nombre de las organizaciones y dignatarios comunales con afirmaciones como las siguientes:

 “Fue en el año 2005 cuando escuché por primera vez la figura del sueldo, consiste en pagarles a los líderes comunales una mensualidad durante la campaña electoral”

“Esa fue la semilla que marchitó el liderazgo popular, algunos de los mejores líderes sucumbieron, dejaron de importar las ideas, el compromiso y el respeto por la gente”.

“La dirigencia comunitaria ha perdido su rumbo desde que empezaron a recibir remuneración a cambio de su liderazgo,..”

“Atrás quedaron los dirigentes barriales que sudaban la camiseta al sol y al agua, desapareció del léxico político la palabra voluntario y nació así la nueva forma de comprar votos,… “

“ya el líder no pide obras para su barrio, ni dotación escolar, ni oportunidades de empleo para los suyos, solo quiere un pedazo del pastel de la contratación estatal…”

Son afirmaciones a medias con las que se sacan conclusiones absolutas que embargan al conjunto de una organización que en lo fundamental se dedica de manera silenciosa y cotidiana a construir bienestar, comunidad y desarrollo.

Como dice el mismo texto, no somos un País de ángeles y es posible que algunos casos de los que relata se den, y si se dan, son un delito electoral que en cada caso el articulista debe demandar ante la justicia, pero no son el rasgo característico fundamental ni de todos los dignatarios por lo que no se puede enlodar la honra y el buen nombre de toda una organización. Miremos:

ü En primer lugar la intermediación política es una condición del sistema político para que las comunidades accedan a los beneficios del Estado, no es voluntad del dignatario de la comunidad, intermediación que es objeto de lucha permanente desde los organismos superiores.

Ø Cada junta comunal tiene quince dignatarios y es posible que solamente uno o dos se presten para la intermediación de votos a cambio de beneficios personales.

Ø De 48 meses que demora en llegar cada período electoral, pareciera, pues no tenemos las pruebas, que los políticos sobornan al dignatario comunal, se dice, por dos o máximo tres meses, abusando de sus necesidades, la pregunta es, y qué hacen los comunales durante el resto del período y aún durante estos dos o tres meses? Pues su actividad cotidiana y silenciosa en beneficio de las comunidades como:

ü Atender emergencias o calamidades; por lo general quien siempre está presente es la acción comunal revalidando su esencia solidaria;

ü Con las comunidades construyendo soluciones autogestionarias a sus necesidades cotidianas. Semanalmente en Colombia se realizan entre cinco y ocho mil reuniones comunales construyendo y/o planificando soluciones y aspiraciones pacíficamente para las comunidades, nadie hace tanto por la convivencia y en consecuencia por la paz desde  la base ciudadana en Colombia como los organismos de acción comunal y sus dignatarios;

ü Tramitando necesidades y aspiraciones de las comunidades ante autoridad pública y sector privado de las que obtienen pocas respuestas positivas menos del 10% según estadísticas;

ü La construcción de comunidad en torno a la actividad lúdica, cultural y recreativa; 

ü La formación ciudadana en torno a la lectura en comunidad que tiende a ser la dinámica de reconstrucción de la organización promovida desde la Confederación Nacional Comunal;

ü A ejercer derechos de petición; la organización ciudadana que en Colombia más ejerce derechos de petición en efecto son los organismos de acción comunal;

ü A eventos de formación; la dirigencia comunal tienen gran avidez de conocimiento  e información, por eso eventos de formación son los que más convocan a los comunales hoy en los municipios y departamentos, lo que es excelente indicador futurista siendo la principal dinámica de los organismos superiores(asociaciones, federaciones y Confederación).

Además la opinión pública  debiera saber que la organización que ha abanderado hace muchos años  la planeación participativa como alternativa contra el clientelismo político es la acción comunal, no  obstante la indiferencia estatal por los conceptos de los CTP; en efecto hoy más del 35% de consejeros de planeación en Colombia son dignatarios comunales  y de otra parte un programa vertebral que se promueve desde los organismos superiores es para que cada comunidad a partir de su junta construya su debido plan de desarrollo comunitario, amparados en la Ley 1551/012, tema de nuestra autoría en esa norma, de tal manera que a futuro los organismos comunales tengan su propio  Plan de Desarrollo Estratégico Comunitario de Mediano y Largo Plazo, como lo denomina la Ley, de tal manera que sea el verdadero candidato que unifique a toda la población en los procesos electorales, plan centrado en la reconstrucción de familia, de comunidad, de ambiente, de seguridad alimentaria, de ética y transparencia, de modelo educativo y de proyectos productivos sin abandonar las obras indispensables,  en la idea de construir verdaderas perspectivas de futuro a las comunidades y municipios más allá de los simples planes de arena y cemento y de gastos que hoy impone la clase política.

Debe saber la opinión pública que desde la acción comunal hoy promovemos un refrendo de reforma constitucional contra la corrupción con 25 artículos muy bien elaborados, el que poca atención ha tenido de los medios. Ver el texto en la página “cero corrupción Colombia”. Este referendo no tiene interés electorero alguno.

Debe saber la opinión pública que las organizaciones de acción comunal son las que históricamente en Colombia más han hecho rendir el recurso público en las pocas veces cuando se les ha dado la oportunidad de ejecutarlo; sobre esta afirmación constatar con la USAID, la Gobernación de Cundinamarca, la Alcaldía de Bogotá o las alcaldías que hayan realizado convenios con las juntas; por eso introdujimos en la Ley 1551/012. Art. 6, el concepto de los convenios solidarios como complemento de esfuerzos de comunidad y Estado para resolver necesidades y aspiraciones de la población. De hecho hoy los municipios acuden a la minga o convite con las juntas para arreglar caminos y vías verdales o intermunicipales ante la ausencia de recursos públicos que a grandes manotadas si se gastan en las grandes vías llamadas 4G.

Estos y muchos otros atributos se pueden proclamar de los organismos comunales, por lo que no tiene justicia que se publiquen notas irresponsables contra ella.

Y finalmente, recordamos que no obstante el muy conveniente proceso de paz que el Gobierno Nacional adelante con actores armados insurrectos, el lunar más dramático de violencia en Colombia hoy sigue siendo el asesinato de dirigentes sociales y/o defensores de derechos humanos que en promedio son entre ocho y nueve por mes  y de ellos más de la mitad son dignatarios comunales, ver Informe de “Justice For Colombia  2011-2015”, que de 534, 258 fueron comunales o el más reciente informe  del Observatorio de Restitución de Tierras y Regula, blogs.elespectador.com, dinámicas del asesinato a líderes rurales:

Y por qué asesinan a dignatarios comunales en Colombia? Un porcentaje, tal vez cercano al 20% por su militancia política de izquierda, lo que es muy grave; pero en lo fundamental por ejercer derechos y/o funciones comunales como veedurías ciudadanas, por el ambiente y contra la minero-energía en lo que los comunales han sido fundamentales en  las consultas locales en crecimiento; por denunciar bandas de narcotráfico en especial en las ciudades  o simplemente por no someterse incondicionalmente a un político local, pues el comunal  sufre satanización múltiple en el territorio de los contrarios al político con quien se alinea.

En consecuencia, es irrespetuoso, por decir lo menos,  que por simple interés de figuración se acuda a un medio tan importante como El DIARIO  para hablar mal de una organización que tanto ha hecho por las comunidades y por el País y que tantas víctimas ha puesto por la democracia en torno al conocimiento y ejercicio de derechos.

De Ustedes, cordialmente,


GUILLERMO CARDONA